Acción Jurídica


“La educación es una forma de resistir el encierro,
es la manera que encontramos de formarnos
y romper con el aislamiento individual que genera el sistema carcelario
y formar lazos de solidaridad entre los internos.
La educación es, para nosotros, la principal herramienta para sentirnos libres
y estar más capacitados para resistir todas las consecuencias negativas del encierro.”
Fragmento de la Nota Editorial de la revista “Libres por derecho”
de estudiantes de la Unidad Penal XV de Batan


   La violación sistemática de los derechos humanos de quienes se encuentran privados de su libertad, sea por prisión preventiva, conocidos en la jerga como  “presos por las dudas”, o por una condena firme, presenta un escenario por demás cuestionable cuando el derecho que se vulnera es el derecho a la educación. Impartido a través de mecanismos ilegales y arbitrarios de premios y castigos,  supone una lógica especuladora y a su vez negadora de la persona como sujeto posible de cambio. Reducida al otorgamiento de un “beneficio”, generadora de aquello que enseñamos “no deber ser” pero que es.
   El juego convoca pero quienes son selectamente invitados están obligados a formar fila y a comprase todos los números. La cárcel como institución totalizante ofrece una perversa pedagogía de la opresion y con un costo altísimo. Quienes ingresan no solo son privados del acceso a la libertad ambulatoria sino, también de toda una serie de derechos interdependientes entre si como son al trabajo, alimentación, salud, estudio. Es decir: a la vida a secas.

   Partiendo de un análisis de las funciones formales de la cárcel se puede afirmar el fracaso de la institución cuando se las compara con las consecuencias que inevitablemente genera: reincidencia, aumento de las tasas de encarcelamiento, condiciones degradantes de detencion.  
   Así, las aclamadas ideologías del “Re” que incluyen conceptos como reeducacion, resocialización, reinserción social, sólo sirven como legitimadoras de un discurso políticamente correcto mientras que en la praxis resultan incompatibles, si se tiene en cuenta la estructura material donde se intenta aplicarlas. Entonces el paradigma en los hechos cambia, puesto que se produce una conversión de las instituciones de encierro en un nuevo escenario: las denominadas “cárceles-deposito”.
El sentido de la cárcel se reinventa para que el sistema del derecho penal subsista.

La cárcel como institución funcional al sistema capitalista

   Para comprender la función dentro del entramado social es necesario analizar cuál fue el rol asignado y bajo qué condiciones se generó. Es decir, deshilvanar los elementos transversales que permitieron su subsistencia y su legitimación a través de siglos como la única y ´más eficaz herramienta de control social.
   El surgimiento de la cárcel se condice con la consolidación del sistema capitalista. Es funcional en tanto que supo saciar las necesidades en el plano social, político y productivo en forma estrepitosa en la etapa de incipiente desarrollo, el cual repercutió en el diseño de políticas institucionales destinadas a reeducar al recluso de acuerdo a los intereses y lógicas capitalistas, caracterizadas principalmente por un control sobre el cuerpo y el tiempo.
   El origen de la cárcel hay que buscarlo entonces “en las necesidades disciplinarias
dramáticamente advertidas en el proceso de acumulación originaria, de socialización forzada
a la disciplina del salario del futuro proletario. Lo que aquí interesa es el hecho que entre los
siglos XVIII y XIX se acaba de reconocer la pena, fundamentalmente y en cuanto es
materialmente posible castigar a través de la sustracción del tiempo. Es decir, a través de la
cárcel” (Pavarini, 1983).
   La Argentina no se mantuvo al margen de estos procesos, sino que lo vivió en carne propia. Durante la década del 70' los argentinos fuimos víctimas de una política de reestructuracion económica con fuerte repercución en gran parte de la población condenada a la pobreza, fenómeno que sentó las bases para las reformas neoliberales de los 90' mediante la sanción de la ley de flexibilización laboral, que derivó en consecuencias tales como desocupación, inestabilidad y precariedad laboral y deterioro en las condiciones de vida. Este desguase estatal, producto del modelo económico reinante, implicó un impacto en la vida de la población que, acentuando las desigualdades y por ende las conflictividades sociales, condenó a la marginalidad a cientos de argentinos desplazándolos en primera instancia de la fábrica a la calle para terminar en las cárceles.
   La cárcel supone que alguien no entendió algo. Es contradicción, putrefacción. Jaula y purgatorio. Aquel irremediable destino de los locos, los oscuros, los olvidados. Sistema reproductor de hijos impuros que nacen sin nombre y son criados como números. Es escándalo público y vergüenza. Es condena y da pena. De los elegidos entre los más menos. De las brujas, los transgresores, los pobres, los rebeldes y pecadores. Los mal educados, los inservibles. Es el espejo  y su reflejo. Los que no son otra cosa que una molestia, lo que sobra.

¿Derecho a la educación tras los muros?

   Uno de los derechos que no tendría que verse vulnerado aún estando en prisión es el derecho a la educación, tal como reconoce la Ley de Ejecución Penal de la Provincia de Buenos Aires. Esta legislación ordena la implementación de las medidas que sea necesario realizar para mantener, fomentar y mejorar la educación. En igual sentido es la legislación sobre Ejecución Penal Nacional que ordena a la administración penitenciaria que brinde la posibilidad de acceder a los diferentes niveles del sistema educativo, y una modificación que se hizo de esa ley en el año 2011 reconoce la plena operatividad y exigibilidad del derecho a la educación pública en todos los niveles de los privados de su libertad.
   Pero la letra de la ley siempre dista mucho de la realidad, y parece que dentro de los muros no hay otra legislación vigente. Todos tienen esos derechos que reconoce la normativa en relación a la educación, pero lejos están los privados de su libertad de poder ejercerlos.
   El complejo penitenciario de Batán se encuentra (des) integrado por tres cárceles para mayores de edad. Si bien en todas ellas funcionan escuelas primarias y secundarias, ninguna brinda espacios donde los estudiantes puedan acceder para realizar trabajos, intercambiar material o socializar conocimiento. Este contexto se ve agravado cuando de la implementacion  de la educación universitaria se trata. Brillan por su ausencia políticas públicas educacionales acordes con una metodología congruente. Sólo muy pocos tienen acceso a dicho nivel formativo y lo hacen a través del programa a distancia CREAP, disponible para cualquier estudiante que decida estudiar mediante esta modalidad, acotada a estudiar la carrera de Abogacía. Con lo cual no tienen acceso a material actualizado, no van a clases ni tienen contacto con docentes o alumnos y mucho menos espacios físicos acondicionados para poder estudiar.
   Esta deficiencia no solo refleja una violación de derechos por parte del Estado y de las obligaciones asumidas formalmente sino también que implica coartar a los presos que quieren estudiar de la única herramienta que tienen de libertad tras las rejas.
   En esta línea de pensamiento es que consideramos que la educación juega un rol fundamental a la hora de generar un espacio de resistencia dentro de la cárcel. La educación es una herramienta para crecer, mejorar, consolidar conocimientos, y contar con mejores oportunidades al momento de salir de la cárcel.

Hacer sin legitimar

   En la Coordinadora de trabajo en contextos de encierro confluimos militantes estudiantiles de las carreras de Derecho y Psicologia de la UNMDP, y docentes profesionales que desde hace tres años realizamos diferentes actividades, principalmente educativas, en los penales de Batán, con el objetivo de visibilizar las problemáticas carcelarias a partir de la discusión sobre la propia institución y sus prácticas. Entendemos que la educación juega un rol fundamental a la hora de generar un espacio de resistencia intramuros. Posibilita articular vínculos horizontales, constructivos de subjetividades críticas y libres, al menos por un rato. La educación es poder y ese poder dentro de la cárcel adquiere singularidades distintas respecto del afuera. Se autodimensiona. Es trinchera de los luchadores mas valientes. Se defiende ya no con faca o cuchillos sino con un arma más poderosa que es la mente.
   Contruimos espacios de debate sin legitimar a las instituciones penitenciaras porque estamos convencidos y convencidas de que ese no es el camino. Levantamos las banderas de nuestros compañeros que con dignidad y esfuerzo ponen en riesgo su propia vida cotidianamente. Acompañamos su lucha y levantamos su voz: estudiar dentro de una cárcel también es ser un revolucionario.




Lucía Prada, es estudiante de la Facultad de Derecho de la UNMDP. Militante de Avanzada, estudiantes en el FPDS

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